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Panamá Amplía El Alcance Del Fuero De Maternidad Hasta Los Padres

Panamá Amplía el Alcance del Fuero de Maternidad hasta los Padres

Mediante la Ley 238 de 2021, se amplió el alcance del fuero de maternidad hasta el padre del menor y se concede vacaciones en caso de fallecimiento de la madre.

La ley establece que esta licencia aplicará a padres del sector público o privado, en los siguientes casos:

  • Si la madre no cuenta con un trabajo formal, el padre no podrá ser despedido de su empleo, salvo en los casos excepcionales previstos en la ley; durante la gestación y hasta por un año luego del parto.
  • Si la madre fallece durante el parto, el padre no podrá ser despedido hasta por un año después del parto.

Esta norma también contempla que el empleador deberá conceder un periodo de vacaciones de quince días, posteriores a cualquier tiempo de duelo establecido en el Reglamento Interno de Trabajo de la empresa, en caso de fallecimiento de la madre durante el parto o en los días o meses siguientes.

La norma indica en qué casos se suspenderá dicho fuero, y los requisitos que deberá cumplir el padre para gozar del alcance del fuero de maternidad.

Dicha Ley comenzará a regir al día siguiente del levantamiento del estado de emergencia por la pandemia del COVID-19 que aún se mantiene vigente en Panamá.

Para acceder a una copia de la ley, puede hacer clic en el siguiente link.

Si está interesado en conocer la lista completa de los requisitos, puede contactar la licenciada Gabriela Vásquez López, especialista asuntos Laborales, al correo: gvasquez@gala.com.pa

 

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